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  Seguro de accidente  
 
Seguro de accidente

El seguro de accidente es un seguro muy interesante. El objetivo que persigue es ayudarnos económicamente a nosotros o a nuestros familiares si tenemos algún accidente donde fallezcamos o se nos declare inválidos o suframos una incapacidad temporal. Aunque es un seguro atrayente para todo el mundo, a quienes más puede ayudar es a los trabajadores autónomos, quienes si sufren un accidente y están un tiempo sin trabajar, dejan de recibir ingresos y el tener este seguro les garantiza poder cobrar una cantidad diaria, según lo que hayamos establecido en el contrato.

Además, si el resultado es que nos quedamos inválidos, tenemos que fijarnos en nuestro contrato, ya que la aseguradora puede incluirnos todos los gastos que tengamos por asistencia sanitaria, donde se incluirán los gastos médicos, farmacéuticos, etc...


¿Qué derechos y obligaciones tenemos como tomador del seguro?

- Si el seguro dura más de 6 meses, podemos resolver el contrato 7 días después de que la aseguradora nos entregue la póliza o el documento de cobertura provisional. Siempre tenemos que hacerlo por escrito y esto, nos dará derecho a que nos devuelvan la prima que pagamos, salvo aquella parte que corresponda al tiempo en que el contrato haya estado en vigor.

- Podemos nombrar como beneficiario a la persona que queramos y si más tarde queremos designar a otra distinta, podemos hacerlo. Si fallecemos y no hemos nombrado a nadie, la indemnización se repartirá entre nuestros herederos legales en proporción a su cuota hereditaria.

- Tenemos la obligación de decirle a nuestra aseguradora que nos hemos hecho otro seguro de accidentes, que se refiere a la misma persona, con otra aseguradora.

- Si somos nosotros los que causamos el accidente, la aseguradora no nos va a pagar la indemnización, siempre que el accidente lo hayamos causado de forma dolosa.

- Si aseguramos a otra persona que no seamos nosotros, el asegurado tiene que darnos su consentimiento por escrito, salvo que se pueda demostrar que tiene interés en serlo de otra forma. Si además es menor de edad, tendrán que autorizarnos sus padres o representantes legales. Es importante saber que los menores de 14 años o los que estén incapacitados no pueden hacerse ningún seguro de accidentes.


¿Quién puede ser beneficiario?

- Puede ser cualquier persona que designemos, tanto los herederos legítimos como terceras personas. Además, el que designemos a alguien como beneficiario, no significa que lo vaya a ser siempre, ya que podemos cambiar de persona cuando queramos.

- Si nombramos a varios beneficiarios, la indemnización se repartirá en partes iguales, salvo que hayamos establecido otra cosa.

- Si los beneficiarios son nuestros herederos legales, cobrará la indemnización en proporción a su cuota hereditaria, salvo pacto en contrario.

- Si uno de los beneficiarios no quiere aceptar su parte, se distribuirá entre los demás.

- Si el beneficiario es el que provoca el accidente porque lo hace dolosamente, no tendrá derecho a cobrar nada.


¿Quién puede ser asegurado?

- Cualquier persona que tenga unas condiciones normales de salud, tanto física como psíquica.

- Que tenga más de 14 años y menos de 65 o 70, según los casos.

- Que no realice un trabajo calificado como peligroso.

- Que no tenga graves defectos físicos.

- Que no sea ni alcohólico ni toxicómano.


 
   

 

 
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